Tras el terremoto que afectó a varios departamentos del país, entre ellos Caldas, Risaralda, Chocó, Quindío y Valle del Cauca, comenzaron a aparecer denuncias de personas que aseguran haber encontrado aumentos considerables en los precios de los arriendos.

La situación preocupa especialmente a las familias que tuvieron que buscar un nuevo lugar para vivir después de resultar afectadas por el sismo.

Ante las denuncias, Mario Ramírez, presidente de la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas), recordó que los propietarios no pueden aumentar libremente el valor de un arriendo cuando existe un contrato vigente.

¿Cuánto pueden subir legalmente el arriendo?

De acuerdo con la explicación entregada por Fedelonjas, cuando llega el momento de renovar un contrato de arrendamiento, el aumento del canon no puede superar el porcentaje del IPC del año anterior.

Para el caso señalado por el gremio, el límite corresponde al 5,10 %.

Además, el incremento solo puede realizarse cada 12 meses, contados desde el último aumento del canon.

Es decir, un propietario no puede decidir aumentar el arriendo varias veces durante el mismo año argumentando que existe una mayor demanda de vivienda después del terremoto.

🚨 Denuncian aumentos de hasta $200.000

La preocupación también llegó a Manizales. El alcalde Jorge Eduardo Rojas aseguró que se han conocido casos en los que algunos arriendos habrían pasado de $300.000 a $500.000 mensuales después de la emergencia.

El mandatario cuestionó este tipo de situaciones y anunció controles para evitar posibles casos de especulación.

La vigilancia, según explicó, no estaría limitada únicamente a los arriendos, sino que también podría extenderse a productos y materiales cuya demanda aumente durante la emergencia y el proceso de recuperación.

¿Y si la vivienda quedó afectada por el terremoto?

Existe otra situación que puede presentarse después de un sismo: que el inmueble arrendado haya sufrido daños y ya no pueda ser habitado.

En este caso, la situación depende de las condiciones reales de la vivienda y de una evaluación técnica.

Si el inmueble queda inhabitable, el arrendatario puede acudir al artículo 1990 del Código Civil para solicitar la terminación del contrato debido a las condiciones del inmueble.

Si, por el contrario, la decisión de abandonar la vivienda responde únicamente a la percepción del arrendatario y el inmueble continúa siendo habitable, deberán revisarse las condiciones establecidas en el contrato.

¿Qué hacer si le quieren subir demasiado el arriendo?

  • Revisar la fecha del último incremento.
  • Verificar el porcentaje que pretende cobrar el propietario.
  • Conservar contrato, recibos y conversaciones.
  • Solicitar por escrito la explicación del aumento.
  • Acudir a la autoridad local competente si considera que se está incumpliendo la normativa.

📌 ¿Dónde denunciar un aumento excesivo?

Los arrendatarios que consideren que están enfrentando un incremento que no corresponde a los límites establecidos pueden acudir a las alcaldías locales, que tienen funciones de control y vigilancia sobre los contratos de arrendamiento.

En resumen: si tienes un contrato vigente, el propietario no puede subir arbitrariamente el arriendo por el terremoto. El incremento debe respetar las condiciones establecidas por la normativa y, para los contratos que se renuevan, el límite señalado por Fedelonjas es del 5,10 %.