Martha Liria Sepúlveda es una mujer de 51 años que sufre de Esclerosis Lateral Amiotrófica – ELA, por lo que le había sido otorgada autorización para proceder con un proceso de eutanasia que pondría fin a su vida. Al respecto, la Corte Constitucional modificó mediante un fallo el caso de ‘homicidio por piedad’ del Código Penal, ampliando los requisitos para acceder y practicar este procedimiento en el país, único de América Latina donde está despenalizado desde 1997.
Para ese entonces, 6 magistrados a favor y tres en contra de extender el derecho a una muerte digna a quienes padezcan ‘un intenso sufrimiento físico o psíquico’, por causa de una lesión o enfermedad incurable, tal como es el caso de Martha. Sobre su caso, el Comité Científico Interdisciplinario de la IPS Instituto Colombiano del Dolor – Incodol, definió de manera unánime que la situación de la mujer no cumplía con el criterio de terminalidad necesario para llevar a cabo dicho procedimiento.
Por lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud), otorgó dos días para que la EPS Sura presente las explicaciones correspondientes al caso de Martha, a quien se le iba a practicar la eutanasia este domingo 10 de octubre. Sepúlveda defendió su decisión manifestando: “Si es desde el plano espiritual, yo estoy totalmente tranquila. Cobarde seré pero no quiero sufrir más, estoy cansada. Lucho por descansar. La certeza de morir me da tranquilidad”.
Desde que fue diagnosticada, la mujer empezó a perder fuerza en las piernas y cada vez se le hace más difícil caminar distancias largas, lo que ha empeorado su calidad de vida. Por esta razón, ayer su familia y representantes legales insistieron en que van a adelantar todas las acciones para que respeten la decisión y derecho de su defendida para morir dignamente, avalado por la Corte Constitucional.