El Gobierno Nacional ha venido trabajando acerca de la reglamentación del transporte de mascotas en Colombia, teniendo en cuenta las denuncias realizadas a través de plataformas digitales por el trato que le dan a estas.
Camilo Pabón, Superintendente de Transporte, se refirió al respecto: “Desafortunadamente la reglamentación es muy precaria en Colombia, han sido creadas algunas normas por parte de la Corte Constitucional pero falta mucho por abarcar”.
Además, dio a conocer algunas de ellas, que deben ser aplicadas en el transporte terrestre:
Cuando son animales salvajes (no domesticados) no se pueden llevar en transporte público porque pueden llegar a afectar los derechos de los demás pasajeros.
En el caso de los animales domésticos, si se pueden transportar, pero tienen que informar a la empresa para que les indique en qué horario, condiciones y rutas lo pueden llevar.
En la mayoría de ocasiones, existe un precio adicional que se debe cancelar para poder transportar la mascota, sin embargo, la empresa está en la obligación de decir al viajero si lo lleva o no.
No obstante Pabón dijo: “Es importante la relación usuario-empresa, porque todo está sujeto a un proceso de indemnización. Además del valor monetario, puede haber perjuicios legales”.
Cabe saltar que existen unos entes de control, a los cuales deberán mostrarles un documento en el que certifique que el animal es fundamental para el pasajero y le presta un servicio.
“Si las empresas aceptan, deben garantizar que el animal llegue a su destino sano y salvo”, afirmó Pabón.