Después de la renuncia de Uribe al Senado, la Corte Suprema de Justicia tendrá que definir si su expediente lo mantiene la Sala de Instrucción de la Corte o si pasa a la Fiscalía, como los solicitará Jaime Granados, abogado de Uribe.

En este caso aplicaría el artículo 235 de la Constitución, que explica que solo los senadores pueden ser juzgados por este alto tribunal. Sin embargo, este señala también en uno de sus parágrafos que así hayan cesado en el ejercicio de su cargo, mantienen su fuero aquellos cuyas conductas punibles tengan relación con las funciones desempeñadas.

Por lo tanto, la decisión al final de cuentas está en manos de la misma Corte, que puede decidir entregar el caso al ente acusador o seguir adelante. La solicitud se presentará en unas horas y el tribunal deberá tomar una decisión.