En Italia, ahora, los trabajadores pueden ser despedidos a través de la red de mensajería WhatsApp, según lo consideró el Tribunal del Trabajo de Catania con fundamento en que “la voluntad de despido se comunicó por escrito al trabajador de manera inequívoca”.

De acuerdo con el investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, Iván Daniel Jaramillo Jassir, “la decisión reafirma un precedente en la jurisprudencia italiana del Tribunal de Génova en el año 2016, que admitió el despido de un trabajador por medio de un mensaje de texto”.

Por su parte en Colombia, dicen los expertos, la comunicación del despido de un trabajador es una medida para la que no existen fórmulas “sacramentales”, siempre que se tenga certeza del remitente, destinatario y contenido del mensaje.

“Si nos situamos en el contexto colombiano, esto no obsta para el reconocimiento de indemnizaciones por despido, prestaciones y salarios insolutos a la terminación de la relación de trabajo. El desafío para el sistema de relaciones laborales de cara a las nuevas tecnologías está determinado por el reconocimiento de derechos en materia de limitación de instrucciones patronales en vigencia del contrato, a través de garantías como el derecho a la desconexión y reconocimiento de validez de mensajes de contratación y desvinculación por medio de sistemas de comunicación tecnológicos”, agregó Jaramillo Jassir.